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La Municipalidad de Andacollo recuperó 137 millones de pesos como reparación por el perjuicio atribuido a una presunta maniobra de defraudación vinculada con la contratación de maquinaria pesada. El resarcimiento fue abonado por dos proveedores privados que accedieron a una suspensión del juicio a prueba, mientras la investigación penal contra los dos exfuncionarios municipales imputados continúa abierta.
La causa se originó después de que la actual administración encabezada por el intendente Manuel San Martín detectara durante 2025 irregularidades en certificaciones, órdenes de pago y servicios contratados. La denuncia fue presentada ante la Fiscalía de la Quinta Circunscripción Judicial, que posteriormente formuló cargos contra dos integrantes del municipio y dos propietarios de un corralón proveedor.
La devolución del dinero representa una reparación patrimonial para la comuna, pero no equivale al cierre integral de la causa ni determina la responsabilidad penal de todos los involucrados. El expediente quedó dividido en dos recorridos procesales: una salida alternativa para los particulares y la continuidad de la investigación contra quienes ejercían funciones públicas.
La acusación original calculó en alrededor de 128 millones de pesos el perjuicio provocado al municipio. Sin embargo, el acuerdo de reparación económica homologado judicialmente quedó establecido en 137 millones, monto que los proveedores debían depositar para acceder a la suspensión del juicio a prueba.
La diferencia entre ambas cifras responde a que una cosa es la estimación inicial incorporada a la formulación de cargos y otra el monto finalmente convenido y aceptado dentro de la salida alternativa.
La reparación permitió que el dinero regresara a las arcas municipales sin esperar la finalización de un proceso penal que podría extenderse durante años.
El acuerdo fue avalado por el Ministerio Público Fiscal, las defensas y la Municipalidad de Andacollo, que interviene en el expediente como parte querellante y damnificada.
Los dos comerciantes imputados accedieron a una suspensión del juicio a prueba, conocida habitualmente como probation. Además de pagar los $137 millones, deberán cumplir durante un año distintas reglas de conducta y permanecer sometidos al control judicial.
La probation no constituye una condena ni implica necesariamente una confesión de culpabilidad. El Código Penal establece que el ofrecimiento de reparación no supone el reconocimiento de responsabilidad civil. Si las personas beneficiadas cumplen todas las condiciones fijadas y no cometen nuevos delitos durante el período establecido, la acción penal puede extinguirse. Si incumplen, el beneficio puede ser revocado y el proceso retomará su curso.
Entre las pautas informadas se encuentran la presentación periódica ante el organismo de control, la obligación de mantener actualizado el domicilio, la prohibición de cometer nuevos delitos y las restricciones relacionadas con el consumo excesivo de alcohol y estupefacientes.
El resarcimiento recupera el patrimonio público, pero no debe confundirse con una sentencia que haya establecido definitivamente cómo ocurrieron los hechos ni qué participación tuvo cada imputado.
La situación procesal de quienes integraban el Ejecutivo municipal es diferente.
El artículo 76 bis del Código Penal establece que la suspensión del juicio a prueba no procede cuando un funcionario público haya participado en el delito mientras ejercía sus funciones. Por esa razón, la salida alternativa otorgada a los particulares no se extiende a los exagentes acusados de intervenir desde la estructura municipal.
Los exfuncionarios identificados en la causa son Eduardo Argentino Zenteno, quien se desempeñaba como secretario de Servicios, Redes y Espacios Verdes, y Carlos Daniel Leiva, entonces director de Redes. Ambos fueron imputados junto con los proveedores, aunque permanecen amparados por el principio de inocencia hasta que exista una sentencia firme.
El expediente deberá continuar respecto de ellos hasta la definición de la etapa de investigación y, eventualmente, la realización del juicio.
La reparación conseguida mediante los proveedores no extingue la obligación judicial de determinar si existieron responsabilidades funcionales dentro del municipio.
La fiscalía atribuyó a los imputados una sucesión de hechos relacionados principalmente con el alquiler de maquinaria vial que habría sido certificada y pagada por el municipio sin que los trabajos se hubieran realizado en la cantidad declarada.
La investigación describió la existencia de supuestas “horas máquina fantasma”, mediante certificados que informaban tiempos de trabajo ampliamente superiores a los efectivamente prestados. En uno de los casos mencionados durante la formulación de cargos, se habrían abonado 58 horas por un servicio que no habría superado las cuatro.
También se investiga la disposición irregular de áridos provenientes de una cantera municipal y otros bienes pertenecientes a la comuna. La acusación comprende 13 hechos y fue planteada bajo figuras como defraudaciones reiteradas en perjuicio de la administración pública y asociación ilícita, entre otras calificaciones que deberán ser discutidas y probadas durante el proceso.
Estas imputaciones constituyen la hipótesis de la fiscalía y no una declaración definitiva de culpabilidad. La responsabilidad de cada acusado deberá establecerse mediante pruebas incorporadas y controvertidas dentro del procedimiento judicial.
La investigación contra los exfuncionarios sigue con el análisis de teléfonos celulares, computadoras, CPU y otros dispositivos secuestrados durante las medidas ordenadas en la etapa de instrucción.
El examen busca determinar comunicaciones, documentación, movimientos y posibles vínculos entre los funcionarios y los proveedores involucrados. Una vez concluida esa instancia, el Ministerio Público Fiscal deberá definir su acusación definitiva y la Justicia establecerá si el expediente se encuentra en condiciones de llegar a juicio.
Hasta el momento de la información difundida, no había sido comunicada una fecha concreta para el juicio contra los exfuncionarios.
En paralelo con la denuncia penal, el Ejecutivo municipal inició actuaciones administrativas internas y apartó de sus cargos a los agentes investigados.
Según explicó Manuel San Martín, los funcionarios fueron desplazados desde que se formalizó la presentación y quedaron sometidos a sumarios administrativos, independientes del expediente penal.
“Desde el momento que presentamos la denuncia estuvimos activos, poniéndonos a disposición de la Justicia y aportando todos los elementos necesarios”, afirmó el intendente.
La Municipalidad también se constituyó como querellante, lo que le permite acceder al expediente, proponer medidas, acompañar la acusación y reclamar la reparación por el daño ocasionado a los recursos públicos.
La vía administrativa puede establecer responsabilidades laborales o disciplinarias, mientras que la causa judicial deberá resolver si existieron delitos y quiénes participaron.
El municipio había anticipado que, si conseguía recuperar el dinero, lo destinaría a adquirir la maquinaria cuya falta había obligado a contratar servicios privados.
La información más reciente indica que la compra ya fue concretada. Los $137 millones de la reparación se complementaron con un aporte reintegrable de $35 millones otorgado por el Gobierno provincial mediante el Decreto 1009/2026. Con esos recursos se adquirió una retroexcavadora JCB 3CX cero kilómetro, equipada con martillo hidráulico, que ya fue incorporada al parque automotor municipal.
“Los recursos del pueblo volvieron al pueblo”, expresó Manuel San Martín al presentar el equipamiento.
La adquisición modifica el punto de partida que dio origen al caso: el municipio ya no dependerá de manera permanente de proveedores externos para realizar tareas que requieren una retroexcavadora.
El dinero recuperado no quedó inmovilizado dentro de una cuenta pública, sino que fue convertido en capacidad operativa para la comuna.
La retroexcavadora será utilizada en el plan de pavimentación que se ejecuta en Andacollo y que contempla 22 cuadras entre sus primeras dos etapas.
Los trabajos requieren el recambio y la ampliación de redes de agua potable, cloacas y otros servicios antes de la colocación del pavimento. La máquina permitirá realizar excavaciones, abrir zanjas y remover sectores rocosos con el martillo incorporado.
También podrá intervenir en:
La incorporación de maquinaria propia debería reducir costos de contratación, tiempos administrativos y demoras provocadas por la disponibilidad de empresas privadas.
La verdadera eficiencia de la compra deberá medirse con información pública sobre horas de trabajo, costos de mantenimiento, combustible, personal asignado y ahorro generado frente a las contrataciones anteriores.
El resarcimiento de $137 millones constituye un resultado económico relevante para Andacollo. La comuna recuperó una suma equivalente al perjuicio calculado, adquirió equipamiento propio y evitó que los vecinos absorbieran de manera definitiva el costo de la maniobra investigada.
Sin embargo, la recuperación patrimonial no debe utilizarse para dar por terminada la discusión institucional.
Todavía corresponde establecer cómo pudieron aprobarse certificaciones presuntamente falsas, qué controles internos fallaron, quiénes autorizaron cada pago y qué modificaciones serán aplicadas para evitar que una situación semejante vuelva a repetirse.
Una política de integridad pública no puede depender únicamente de detectar irregularidades después de que el dinero fue transferido. Debe incluir procedimientos de contratación transparentes, controles cruzados, certificaciones verificables, registros de uso de maquinaria y acceso ciudadano a la documentación.
Para los proveedores privados, el expediente quedó suspendido bajo condiciones estrictas y con una reparación ya cumplida. Para los exfuncionarios, la investigación penal continúa y deberá determinarse si existen elementos suficientes para llevarlos a juicio.
Esa diferencia debe mantenerse clara para evitar dos interpretaciones igualmente incorrectas: el pago no demuestra por sí mismo la culpabilidad de todos los acusados, pero tampoco elimina la necesidad de investigar las responsabilidades públicas.
Andacollo logró recuperar el dinero y transformarlo en una herramienta concreta para los servicios municipales. Ahora la Justicia deberá completar la otra parte del proceso: establecer qué ocurrió, quiénes intervinieron y qué consecuencias corresponden.
La reparación devuelve recursos. La verdad judicial, los controles y la transparencia deben garantizar que no vuelvan a perderse.






