
Adolescentes desde los 14 años podrán ser juzgados: cómo funcionará el nuevo régimen penal juvenil
RedacciónEl nuevo Régimen Penal Juvenil comenzará a regir este sábado 5 de septiembre en todo el país y reemplazará el sistema que se encontraba vigente desde 1980.
La Ley 27.801 establece uno de los cambios más relevantes en materia penal juvenil de las últimas décadas: los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser sometidos a un proceso penal por los delitos contemplados en el Código Penal y, de corresponder, recibir una condena bajo un régimen específico.
El nuevo esquema busca combinar responsabilidad por los actos cometidos, educación, resocialización e integración social, al tiempo que incorpora nuevas herramientas de seguimiento, control y sanción.
“El objetivo es promover la responsabilidad por los actos cometidos y favorecer la educación, resocialización e integración social de los adolescentes.”
No todos los delitos implicarán prisión
La incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal no significa que todos los casos terminen con una privación de la libertad.
La ley contempla sanciones alternativas para determinados delitos cuya pena prevista sea superior a tres años y de hasta diez años, siempre que no haya existido muerte de la víctima ni violencia física o psíquica grave.
En los delitos culposos tampoco deberán registrarse lesiones gravísimas, muerte o daño psíquico grave.
Además, para acceder a estas alternativas, el adolescente no debe contar con condenas previas ni con otros procesos en trámite que tengan auto de procesamiento o una resolución equivalente firme.
Entre las medidas previstas aparecen la reparación del daño causado a la víctima, restricciones de acercamiento, reglas de conducta y participación en actividades educativas o comunitarias.
También se incorpora la amonestación, que consiste en un llamado de atención y recomendaciones sobre pautas de conducta, pero que deberá aplicarse junto con al menos otra sanción.
Monitoreo electrónico y nuevas formas de control
El régimen incorpora el monitoreo electrónico como una herramienta para controlar la ubicación del adolescente y verificar el cumplimiento de determinadas medidas o penas.
Sin embargo, la implementación enfrenta interrogantes. Fuentes judiciales advirtieron que actualmente no existirían dispositivos específicamente disponibles para adolescentes, mientras que el sistema utilizado con adultos ya presenta dificultades de disponibilidad.
La ley también crea la figura del supervisor, encargado de realizar el seguimiento, asistencia y control de quienes reciban sanciones alternativas.
Los supervisores deberán surgir de una lista de profesionales dependiente del Ministerio de Justicia y contar con formación en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.
Qué establece para los casos de privación de la libertad
La nueva legislación establece un límite de 15 años para las penas privativas de la libertad y prohíbe expresamente la reclusión y la prisión perpetua.
Una vez cumplidos los dos tercios de la condena, el adolescente podrá acceder a la libertad condicional, siempre que reúna las condiciones previstas por la normativa.
Los menores de edad privados de su libertad deberán permanecer en establecimientos especialmente acondicionados y bajo la conducción de personal especializado.
El sistema contempla institutos abiertos y establecimientos especializados de detención, donde estará prohibido alojar a personas mayores de edad. También incorpora el arresto domiciliario como alternativa.
Las sanciones alternativas, además, deberán procurar no afectar los vínculos afectivos, la educación, el trabajo o el acceso a la salud, salvo cuando una restricción resulte necesaria para proteger a la víctima.
Si el adolescente incumple las condiciones establecidas judicialmente, el juez podrá disponer una sanción más severa.
Más derechos para las víctimas y responsabilidad de los padres
La reforma fortalece la participación de las víctimas, que podrán intervenir en el proceso y recibir información sobre su desarrollo.
Al mismo tiempo, establece que los padres de niños, niñas y adolescentes sometidos a un proceso penal tendrán responsabilidad civil por los delitos cometidos por sus hijos, de acuerdo con los alcances establecidos por la normativa.
La protección de identidad de los adolescentes imputados se mantiene: continúa prohibida la difusión de sus nombres, apodos, filiación, parentesco o residencia, así como la publicación de imágenes que permitan identificarlos.
Un cambio legal que llega con interrogantes
La entrada en vigencia del nuevo régimen también plantea desafíos institucionales.
Uno de ellos es que todavía no habían sido designados los supervisores encargados de controlar a quienes reciban sanciones alternativas.
A esto se suma la falta de un protocolo único de actuación para los jueces, situación que podría dejar determinados aspectos de la aplicación de la ley sujetos a la interpretación de cada magistrado.
Otro desafío será compatibilizar la nueva legislación nacional con las normas procesales que continúan vigentes en cada jurisdicción.
El Poder Judicial de la Nación y el Ministerio Público Fiscal trabajan en comisiones técnicas para avanzar en criterios comunes de aplicación.
Qué está haciendo Neuquén
En Neuquén ya comenzó el proceso de adecuación institucional. La provincia desarrolla una mesa interinstitucional y trabaja en un anteproyecto destinado a adaptar la normativa local al nuevo Régimen Penal Juvenil.
El proceso no es exclusivo de Neuquén. Entre Ríos elaboró un protocolo para sus fiscales, mientras que Córdoba avanza con modificaciones de su legislación procesal juvenil. También Tucumán y Mendoza trabajan en proyectos de adecuación.
El desafío provincial será articular la nueva legislación nacional con su estructura judicial y los recursos necesarios para garantizar tanto el cumplimiento de las sanciones como los derechos de los adolescentes y de las víctimas.
El presupuesto para ponerlo en marcha
El Congreso asignó $23.739.155.303,08 para la implementación del nuevo régimen.
El monto deberá respaldar un sistema que desde este sábado tendrá un universo más amplio de adolescentes alcanzados por la Justicia penal y que requiere infraestructura especializada, profesionales capacitados, mecanismos de seguimiento, dispositivos de monitoreo y criterios coordinados de actuación.
Las cinco claves del nuevo régimen
1. La imputabilidad baja a los 14 años. Adolescentes de esa edad podrán quedar sometidos a un proceso penal por delitos contemplados en el Código Penal.
2. Se amplían las sanciones alternativas. Reparación del daño, restricciones, reglas de conducta y actividades educativas o comunitarias podrán reemplazar el encierro en determinados casos.
3. Se incorpora el monitoreo electrónico. La herramienta permitirá controlar la ubicación y el cumplimiento de determinadas medidas, aunque su disponibilidad efectiva plantea dudas.
4. Aparece la figura del supervisor. Profesionales especializados deberán acompañar y controlar a los adolescentes sometidos a sanciones alternativas.
5. Cambia el régimen de privación de la libertad. Se fija un máximo de 15 años, se prohíbe la prisión perpetua y se establece que los adolescentes deben permanecer separados de los adultos.



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