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La exjueza de Faltas de Zapala, María Delia Sánchez, ha sido condenada a seis meses de prisión en suspenso por abuso de autoridad, mientras que el El abogado Claudio Brusco recibió una pena de un mes de prisión por encubrimiento
ActualidadPena establecida para exjueza de Faltas de Zapala y abogado condenado por encubrimiento
En el caso de la exjueza de Faltas de Zapala, María Delia Sánchez, se le impuso una condena de seis meses de prisión en suspenso por el delito de abuso de autoridad, cometido durante su mandato entre 2020 y 2021. Por otro lado, el abogado Claudio Brusco recibió una pena de un mes de prisión, también condicional, por encubrimiento y recepción dolosa.
Ambos fueron declarados culpables en un juicio llevado a cabo en agosto del año pasado en Zapala, y este martes se dieron a conocer las penas que deberían cumplir.
El Tribunal, integrado por Maximiliano Bagnat, Marco Lúpica Cristo y Carolina González, emitió su veredicto de manera unánime. La acusación estuvo a cargo de la fiscal jefa Sandra González Taboada, la fiscal del caso Laura Pizzipaulo y el querellante particular José María Díaz Villar. Los defensores de los acusados ​​fueron Pablo Tommasini (Brusco) y Pablo Méndez (Sánchez).
En cuanto a la pena impuesta a la exjueza de Zapala, el Tribunal no encontró elementos suficientes para establecer agravantes, por lo que se impuso el mínimo legal correspondiente a cada caso. Además, se atenuará como atenuante la falta de antecedentes de los imputados.
Cabe destacar que la exjueza de Faltas fue destituida por juicio político en febrero de 2022 y se le impuso una inhabilitación por 5 años para ocupar cargos en el municipio.
Según lo probado por el Tribunal, Sánchez era consciente de su obligación, establecida por la Carta Orgánica Municipal, de remitir todas las multas impagas a la fiscalía administrativa. Dicha entidad podría iniciar acciones legales contra los infractores o derivar los casos a un abogado designado según su criterio.
Sin embargo, la jueza González explicó que Sánchez entregó directamente las multas al abogado Brusco, a pesar de saber que esta forma de proceder contravenía la Carta Orgánica Municipal.
Cabe mencionar que la conducta por la cual Sánchez y Brusco fueron encontrados culpables no perjudicaron las arcadas públicas. En todo caso, en el caso de que el abogado hubiera cobrado honorarios indebidos, los perjudicados podrían haber sido los vecinos que los pagaron.
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