
El Gobierno definió el 10 de julio: qué pasará con el esperado fin de semana largo
RedacciónEl Gobierno nacional confirmó el régimen que regirá durante la segunda semana de julio y despejó las dudas sobre la jornada del viernes 10, una fecha que había despertado expectativas por la posibilidad de un fin de semana extra largo.
De acuerdo con el calendario oficial, el jueves 9 de julio se mantendrá como feriado nacional inamovible en conmemoración de la Declaración de la Independencia de 1816, mientras que el viernes 10 fue establecido como día no laborable con fines turísticos, una condición que no implica automáticamente el cese de actividades para todos los trabajadores.
Feriado y día no laborable: cuál es la diferencia
Aunque ambas fechas quedarán consecutivas en el calendario, el alcance de cada una es diferente.
El 9 de julio, al tratarse de un feriado nacional, tiene cumplimiento obligatorio en todo el país. Quienes deban trabajar durante esa jornada percibirán la remuneración prevista por la legislación laboral para los feriados nacionales.
En cambio, el viernes 10 de julio será un día no laborable con fines turísticos, por lo que, en el ámbito privado, cada empleador podrá decidir si otorga o no la jornada libre. En consecuencia, algunas empresas suspenderán sus actividades, mientras que otras continuarán operando con normalidad.
Asimismo, los trabajadores que presten servicios ese viernes percibirán su salario como una jornada habitual, ya que la normativa vigente no contempla el pago adicional previsto para los feriados nacionales.
Quiénes podrán disfrutar de cuatro días de descanso
El fin de semana largo de cuatro jornadas alcanzará únicamente a los trabajadores cuyos empleadores adhieran al día no laborable o a quienes, por la naturaleza de su actividad, no deban prestar servicios.
El cronograma quedará conformado de la siguiente manera:
- Jueves 9 de julio: feriado nacional por el Día de la Independencia.
- Viernes 10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
- Sábado 11 de julio: descanso semanal.
- Domingo 12 de julio: descanso semanal.
Por este motivo, la posibilidad de disfrutar de cuatro días consecutivos de descanso dependerá de la decisión de cada empresa, de la actividad desarrollada y de los convenios laborales vigentes.
Los feriados nacionales que restan en 2026
Tras el receso de julio, el calendario oficial contempla las siguientes fechas:
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (trasladable).
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).
- Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20 de noviembre).
- Lunes 7 de diciembre: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado nacional inamovible).
- Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado nacional inamovible).
De esta manera, el viernes 10 de julio no tendrá el mismo alcance que un feriado nacional y su aplicación dependerá de la decisión de cada empleador, por lo que el esperado fin de semana largo de cuatro días no será uniforme para todos los trabajadores del país.











