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La Justicia citó tres veces, pero la madre no va: el reencuentro con su hijo sigue sin avanzar

Reincidencia judicial: nueva desobediencia retrasa la restitución del vínculo materno-filial ordenado por la Justicia

Actualidad

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La trama judicial que envuelve la revinculación entre el niño y su madre, Alexandra Sabio, volvió a tensarse tras un nuevo incumplimiento procesal.

Pese a contar con una condena penal firme por obstrucción de vínculos, Sabio se ausentó de manera injustificada a las tres citaciones consecutivas fijadas para iniciar el proceso de restitución del lazo materno-filial, una instancia que los tribunales consideran urgente y necesaria para reparar años de daño emocional.

Las inasistencias fueron notificadas oficialmente por la perito psicóloga designada, Lic. Susana Mabel Fernández, en el marco del expediente “Staicos Claude Christian c/ Sabio Jacqueline Alexandra s/ Incidente” (JNQFA5-124964/2025). La profesional dejó constancia de que la progenitora fue convocada en tres oportunidades, sin registrar motivo válido que justificara su ausencia.

Un comportamiento sostenido que la Justicia ya había descripto como arbitrario
Este nuevo episodio se inscribe en una secuencia de incumplimientos que ya fue evaluada en sede penal. Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal acreditó que Sabio ejecutó un patrón sistemático de bloqueo del vínculo paterno-filial durante más de cinco años, impidiendo contactos presenciales, llamadas y cualquier tipo de comunicación con la familia paterna.

Ese comportamiento derivó en una condena a seis meses de prisión en suspenso, con estrictas reglas de conducta, entre ellas el cumplimiento obligatorio de todas las disposiciones emanadas del fuero de Familia. Sin embargo, la conducta actual exhibe una continuidad directa con el accionar que motivó la sentencia penal.

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La perito rechaza cuestionamientos y confirma el incumplimiento
En su informe, la Lic. Fernández fue categórica:

“La Sra. Sabio fue citada en tres oportunidadesa las que no concurrió– para iniciar la vinculación con su hijo.”


La psicóloga también respondió al planteo de apartamiento promovido por Sabio, negando cualquier señal de parcialidad y afirmando que no existe “sesgo alguno a favor del progenitor conviviente”.

La revinculación ordenada se enmarca en resoluciones firmes de la Cámara de Apelaciones y del Tribunal Superior de Justicia, que dispusieron medidas para restituir un vínculo cuya interrupción prolongada afecta el bienestar del niño.

El impacto directo sobre el menor
El nuevo incumplimiento no solo obstaculiza una orden judicial, sino que reabre una dinámica que los tribunales habían calificado como lesiva para el desarrollo emocional del niño. Cada convocatoria frustrada implica mayor demora en la construcción de un escenario estable y previsible, condición que los organismos especializados consideran indispensable para reducir la afectación psicosocial generada por años de aislamiento parental.

El expediente se encamina hacia medidas más severas
Fuentes judiciales consultadas indican que las reiteradas inasistencias podrían motivar: sanciones disciplinarias,
medidas coercitivas adicionales, e incluso una nueva remisión al fuero penal por desobediencia, dada la reincidencia en conductas previamente condenadas.
Históricamente, todos los espacios ofrecidos —mediación, instancias administrativas, abordajes interdisciplinarios y medidas penales— fueron neutralizados por la propia Sabio, generando un escenario de estancamiento que vuelve a colocar al niño en el centro de una disputa marcada por la resistencia materna al cumplimiento judicial.

El caso expone un dilema recurrente en los procesos de revinculación: cómo garantizar el cumplimiento efectivo de las decisiones cuando una de las partes mantiene una postura de obstructividad persistente, incluso frente a sanciones penales previas.

Mientras tanto, el principal perjudicado continúa siendo el niño, cuyo derecho a reconstruir su vínculo afectivo queda nuevamente supeditado a la voluntad unilateral de la progenitora, en abierta contradicción con el interés superior del menor y con fallos judiciales que ordenan avanzar con urgencia.