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Elecciones legislativas 2025: cuánto cuesta no votar y quiénes están exceptuados

ActualidadRedacciónRedacción

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El próximo domingo 26 de octubre, los argentinos elegirán 127 diputados y 24 senadores nacionales, renovando una parte clave del Congreso. Como en cada elección, el voto es obligatorio, y quienes no concurran a las urnas sin justificación podrán enfrentar multas económicas y sanciones administrativas.

 Multas por no votar
El Código Electoral Nacional, en su artículo 125, establece sanciones que van desde $50 hasta $500 para quienes no voten ni justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a los comicios.
En caso de reincidencia, la multa puede elevarse a entre $1.000 y $2.000, según el número de infracciones registradas.

Además, quienes no regularicen su situación quedarán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que puede dificultar trámites públicos o la renovación del DNI.
En casos graves, el juez electoral puede disponer trabajos comunitarios de hasta tres días, y si el infractor era autoridad de mesa, la sanción se duplica.

 ¿Quiénes están obligados a votar?
El sufragio es universal, secreto y obligatorio para los argentinos nativos o naturalizados de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón electoral.

Excepciones
El voto es optativo para:

Jóvenes de 16 y 17 años.
Personas mayores de 70 años.
Argentinos residentes en el exterior que hayan cambiado su domicilio antes del 19 de abril de 2025.
Los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones nacionales, aunque sí pueden hacerlo en comicios locales, según la normativa de cada provincia o municipio.

Casos de justificación válida
Están exceptuados de votar, con la debida justificación:

Jueces o personal judicial con funciones durante el acto electoral.
Personas a más de 500 km del lugar de votación (con constancia policial).
Ciudadanos enfermos o con imposibilidad física (con certificado médico).
Condenados o declarados rebeldes en causas penales.
Personal de servicios públicos esenciales en funciones ese día.
📘 Si perdiste o te robaron el DNI
Solo se puede votar con el DNI físico correspondiente al ejemplar del padrón o uno más nuevo.
No se acepta el pasaporte, licencia de conducir o constancia de trámite. En caso de extravío, se deberá justificar la ausencia con la denuncia policial correspondiente.

🌍 Si estás en el extranjero
Quienes se encuentren fuera del país el día de la elección deberán presentarse ante una autoridad consular o policial para obtener una constancia que justifique la no emisión del voto.

💻 Cómo justificar la ausencia
El trámite se realiza en el sitio oficial infractores.padron.gob.ar dentro de los 60 días hábiles posteriores.
Se deben adjuntar los documentos respaldatorios (certificado médico, constancia policial o laboral).
Una vez aprobada la justificación o abonada la multa, el ciudadano queda eliminado del registro de infractores.

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